CAMPAÑA DE LA RENTA 2014: Un contribuyente adquirió acciones de una sociedad a principios de 2014 por importe de 10.000 euros pero, debido a necesidades de liquidez, decidió venderlas a finales de 2014, obteniendo una plusvalía de 3.000 euros. ¿Cómo debe tributar por dicha plusvalía?

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CAMPAÑA DE LA RENTA 2014: Un contribuyente adquirió acciones de una sociedad a principios de 2014 por importe de 10.000 euros pero, debido a necesidades de liquidez, decidió venderlas a finales de 2014, obteniendo una plusvalía de 3.000 euros. ¿Cómo debe tributar por dicha plusvalía?

 

Para la Renta de 2014, se mantiene la diferenciación entre las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales generadas a largo plazo (en más de un año) y a corto plazo (en un año o menos). En este caso, al generarse una plusvalía en menos de un año, no procede tributar como renta del ahorro al tipo del 21%, 24% y 27%, sino como renta a integrar en la base imponible general, al tipo marginal.

Para la renta de 2015, no será procedente la distinción entre el corto y el largo plazo para las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales, pues todas ellas se integrarán en la base del ahorro.