Todo acerca de la declaración trimestral IVA

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Todo acerca de la declaracio´n trimestral IVA

En esta ocasión, con esta entrada intentaremos aclarar todas la dudas que puedan haber surgido a la hora de iniciar o realizar la declaración trimestral IVA. De forma general, el colectivo de trabajadores autónomos  deben declarar el IVA al terminar cada trimestre, es decir,  cuatro veces al año. La declaración trimestral IVA es la opción más adecuada y cómoda debido a que, requiere una menor cantidad de trámites y es la que escogen por defecto la mayoría de las personas incluidas en el colectivo de autónomos. Esto es lo estipulado en la legislación. A pesar de esto, y si lo desea, hay casos en los que usted puede beneficiarse de declarar el IVA de forma mensual, aunque no sea lo que nos ocupe hoy, no queríamos dejar de mencionar esta posibilidad.

Como mucha gente sabe, el IVA (Impuesto al Valor Añadido) es un impuesto que se paga al Estado por un producto o servicio y, dependiendo de éstos se establece el tipo ya que existen tres: el súper reducido del 4%, el reducido del 10% y el normal del 21%. Realmente, este impuesto recae sobre el consumidor final, ya que los autónomos o las empresas que participan en la cadena productiva solo trasladan su IVA al siguiente eslabón, es decir, lo repercuten a sus clientes. Puede decirse que autónomos o empresas actúan a modo de intermediarios, y al realizar la declaración, deben pagar a Hacienda la diferencia entre el IVA que han cobrado a su clientela y el que han soportado en sus compras (soportado o deducible). El cálculo de la diferencia de ambas cantidades, es el resultado de la declaración trimestral. Si es positivo o, lo que es lo mismo, si la empresa o autónomo ha facturado (y cobrado) más impuestos de los que ha pagado, entonces la declaración le sale “a ingresar”, y tendrá que pagar a Hacienda. Si la declaración es negativa y le sale “a devolver”, Hacienda procede a la compensación o devolución del monto correspondiente a la diferencia. El resultado puede ser también de cero, ni a ingresar ni a devolver.

Como dijimos, la declaración se presenta cuatro veces al año, después del cierre de cada trimestre. Las fechas límites para hacerlo son el 20 de abril, el 20 de julio, el 20 de octubre y el 31 de enero, fecha en la que se presenta también el resumen anual de actividad económica que se desarrolle.

Deje que nos encarguemos de todo lo referente a su declaración trimestral IVA, la experiencia y trayectoria de nuestro equipo garantizan la calidad de nuestros servicios.